Ley 1/2023, de 15 de abril, para la creación del Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi

La Majiwat de Marjantia, en cumplimiento de la voluntad popular y con el objetivo de impulsar la investigación y la innovación en el país, para proteger la cultura y la historia nacional, ha decidido crear el Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi, inspirado en la figura del gran pensador y estudioso medieval, que tendrá como misión fomentar el conocimiento y la investigación en diversas áreas del saber, incluyendo la ciencia, la tecnología, la historia, la filosofía, las artes y la cultura en general. Asimismo, se busca consolidar a la República de Marjantia como un referente en la generación y transferencia de conocimiento, así como en la formación de los futuros líderes de nuestra sociedad,

POR ELLO SE APRUEBA LA PRESENTE

Ley 1/2023, de 15 de abril, para la creación del Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi

 

 Capítulo I: Disposiciones Generales


    Artículo 1: Se establece el Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi como un ente de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
    Artículo 2: La finalidad del Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi será la investigación, estudio y promoción de la cultura y la historia de Marjantia, con especial atención al legado cultural y científico de la civilización árabe en la región.

Capítulo II: Estructura del Centro


    Artículo 3: El Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi estará formado por un director, un consejo de dirección, un consejo asesor y los departamentos de investigación que se estimen necesarios.
    Artículo 4: El director del Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi será nombrado por el Presidente de la República, a propuesta del consejo de dirección del Centro.
    Artículo 5: El consejo de dirección del Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi estará compuesto por un máximo de cinco miembros, nombrados por el Presidente de la República, con un mandato de cinco años, renovable una vez.
    Artículo 6: El consejo asesor del Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi estará formado por un grupo de expertos en historia, cultura y ciencia, designados por el director del Centro.

Capítulo III: Funciones y Competencias del Centro


    Artículo 7: El Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi tendrá como funciones la realización de investigaciones y estudios en el ámbito de la historia, la cultura y la ciencia de Marjantia, la difusión de los resultados de dichas investigaciones y la organización de actividades culturales y científicas.
    Artículo 8: El Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi podrá establecer acuerdos de colaboración con otras instituciones nacionales o internacionales que tengan objetivos similares.
    Artículo 9: El Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi podrá solicitar subvenciones y ayudas económicas para la realización de sus actividades.

Capítulo IV: Financiación


    Artículo 10: La financiación del Centro de Investigación Ibn al-Banna al-Marrakushi se realizará con cargo al presupuesto de la República de Marjantia, así como con las subvenciones y ayudas económicas que se obtengan.

Capítulo V: Disposiciones Finales


    Artículo 11: La presente ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la República de Marjantia.
    Artículo 12: Se autoriza al Gobierno de la República de Marjantia a dictar las disposiciones necesarias para la ejecución de la presente ley.