En ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución de la República de Marjantia y con el objetivo de establecer las primeras medidas de gobierno, decreto lo siguiente:
La bandera nacional de Marjantia habrá de figurar en un lugar destacado en su página web oficial, en el margen superior derecho, para facilitar el conocimiento y difusión del símbolo más importante de la nación tanto a nacionales como a extranjeros.