TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN Y RECONOCIMIENTO MUTUO
La Serenísima República de Larberiza y la República de Marjantia, micronaciones signatarias de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por su parte, acuerdan formalmente los siguientes puntos:
Artículo 1. Ambas micronaciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.
Artículo 2. Ambas micronaciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y sistemas jurídicos.
Artículo 3. Ambas micronaciones expresan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y seguir avanzando en la amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por lo tanto, de la esfera micronacional en general, manteniendo un canal de comunicación permanente.
Artículo 4.
a- Ambas Micronaciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de sus propios ciudadanos y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente.
b- Opcionalmente se abrirán embajadas con la imagen de la bandera del otro país firmante y sus direcciones electrónicas.
Art. 5. Para retirarse del tratado será necesario notificarlo con 48 horas de antelación por correo electrónico.
Art. 6. Las compañías aéreas de bandera podrán establecer una ruta entre las capitales de los países firmantes. Y llevar a cabo negociaciones para ampliar los destinos dentro de la otra Micronación.
Dado en Ciudad Larberiza, el 30 de diciembre de 2023.
Por la Serenísima República de Larberiza, Juan Bermejo Calderón.
Por la República Comunal de Marjantia, Marco Almazán.